En Venezuela las normas que regulan en materia de salud
ocupacional son de rango constitucionales, tratados y convenios internacionales
celebrados y ratificados por el Estado, así como normas de rango legal y sub-legal.
Los Tratados Internacionales tienen jerarquía
constitucional, ya que el artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que todos los Tratados, Pactos y Convenios
Internacionales tienen esta jerarquía y prevalecen en el orden interno, en la
medida en que tenga normas establecidas que su goce y ejercicio más favorable a
las establecidas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes nacionales, y es de inmediata
aplicación por los Tribunales y demás órganos del Poder Público.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece el derecho constitucional a la salud.
Existen Tratados y Convenios suscritos y ratificados por
Venezuela que establece el derecho a la salud e higiene en el trabajo.
En cuanto a la normativa jurídica de rango legal se
encuentra la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en
Gaceta Oficial n° 1.631 ext. Del 26 de Junio del 2.005 que es la ley especial que rige en materia de
seguridad y salud laboral.
Por otra parte la Ley Orgánica del Trabajo, de los
Trabajadores y Trabajadoras, promulgada en Gaceta Oficial ext. 6.076 del 07 de
Mayo de 2.012, tiene como innovación la ampliación de la Responsabilidad
Objetiva del patrono por infortunio laboral.
En la normativa jurídica de rango sub-legal se
encuentra el Reglamento Parcial de la
LOPCYMAT, promulgado en Gaceta Oficial n° 38.596 del 03 de Enero de 2.007 y el
Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo promulgado
en la Gaceta Oficial n° 1.631 ext del 31 de Diciembre de 1.973