domingo, 25 de noviembre de 2012

LAS LEYES VENEZOLANAS Y LA SALUD OCUPACIONAL



En Venezuela las normas que regulan en materia de salud ocupacional son de rango constitucionales, tratados y convenios internacionales celebrados y ratificados por el Estado, así  como normas de rango legal y sub-legal.
Los Tratados Internacionales tienen jerarquía constitucional, ya que el artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que todos los Tratados, Pactos y Convenios Internacionales tienen esta jerarquía y prevalecen en el orden interno, en la medida en que tenga normas establecidas que su goce y ejercicio más favorable a las establecidas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela  y demás leyes nacionales, y es de inmediata aplicación por los Tribunales y demás órganos del Poder Público.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece el derecho constitucional a la salud.
Existen Tratados y Convenios suscritos y ratificados por Venezuela que establece el derecho a la salud e higiene en el trabajo.
En cuanto a la normativa jurídica de rango legal se encuentra la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones  y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en Gaceta Oficial n° 1.631 ext. Del 26 de Junio del 2.005  que es la ley especial que rige en materia de seguridad y salud laboral.
Por otra parte la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, promulgada en Gaceta Oficial ext. 6.076 del 07 de Mayo de 2.012, tiene como innovación la ampliación de la Responsabilidad Objetiva del patrono por infortunio laboral.
En la normativa jurídica de rango sub-legal se encuentra  el Reglamento Parcial de la LOPCYMAT, promulgado en Gaceta Oficial n° 38.596 del 03 de Enero de 2.007 y el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo promulgado en la Gaceta Oficial n° 1.631 ext del 31 de Diciembre de 1.973


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